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Visa de Residente - Rentista
Este tipo de Visa solo se tramita en el Perú. Para conocer el detalle completo de los requisitos para la obtención de este tipo de visas, deberá contactarse con la Dirección General de Migración y Naturalización del Ministerio del Interior del Perú MIGRACIONES PERU

Requisitos
  • Formulario F-007 (gratuito).
  • Recibo de pago del Banco de la Nación por derecho de trámite (S/.107.50 nuevos soles).
  • Copia legible del pasaporte o documento de viaje con una vigencia mínima de seis de (06) meses. El beneficiario de la visa debe encontrarse en situación migratoria regular.
  • Declaración Jurada indicando en forma expresa su deseo de acogerse a la calidad migratoria de rentista.
  • Declaración Jurada de no registrar antecedentes penales, judiciales y policiales a nivel nacional e internacional. 
  • Copia legalizada o autenticada por el fedatario de la DIGEMIN del documento original del país de donde proviene la renta, que acredite que el solicitante percibe un ingreso neto permanente no menor a un mil (US $ 1,000) dólares americanos, el cual deberá estar legalizado por el Consulado Peruano y visado por el Ministerio de Relaciones Exteriores o apostillado.
  • Constancia de que el dinero ingresa al país a través de una institución bancaria en caso de renta de fuente extranjera.
Además
  • El formulario debe ser firmado por el solicitante (extranjero).
  • Para casos de familiares de rentista además de presentar los documentos pertinentes deberá probar un ingreso adicional de quinientos dólares (US$500.00) americanos por cada familiar o dependiente.
  • La renta ó pensión comprende a los ingresos de carácter permanente por concepto de jubilación, montepío ó invalidez, dividendos, regalías y similares (Numeral c) del Art.2º del Reglamento de la Ley de Rentista).
  • Los solicitantes se encuentran exonerados de la Tasa Anual de Extranjería, de la tasa por cambio de calidad migratoria y los correspondientes a la Inscripción en el Registro Central de Extranjería y otorgamiento del Carne de Extranjería (Art.9º del Reglamento de la Ley de Rentista).
  • La documentación que estuviera en idioma extranjero también podrá ser traducido por Traductor Oficial.
  • Copia del documento de identidad vigente y actualizado del apoderado de ser el caso.
Nota General
  • En caso de renta de fuente nacional, documento que acredite la percepción por parte del beneficiario.
  • Para casos de familiares de rentista además de presentar los documentos pertinentes deberá probar un ingreso adicional de quinientos dólares US. $ 500.00) americanos por cada familiar o dependiente.
  • Están prohibidos de realizar actividades remuneradas o lucrativas.
  • Todo documento que estuviera en idioma extranjero deberá ser traducido al castellano por Traductor Colegiado.
  • En caso que el formulario es firmado por apoderado debe anexarse Carta Poder con firma legalizada notarialmente del solicitante, si el Poder es otorgado fuera del país, debe estar legalizado por la Oficina Consular del Perú y el Ministerio de Relaciones Exteriores o Apostillada.


Formulario F-007